FINANZAS

Otorgará SHCP estímulos fiscales a las micro y pequeñas empresas

Ciudad de México l La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) puso en marcha el otorgamiento de estímulos fiscales, en materia de deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo para micro y pequeñas empresas.
Así, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) informó que la deducción prevista en este decreto, que entro en vigor ayer, solo aplica en los ejercicios fiscales de 2017 y 2018, conforme a los porcentajes previstos.
“Resulta necesario dar continuidad y, en consecuencia, fomentar el mejoramiento de la competitividad de este tipo de empresas, por lo que es conveniente mantener los beneficios fiscales que les han sido otorgados, como el de la deducción inmediata”, afirmó la dependencia encabezada por José Antonio Meade.
En ese sentido, explicó que los contribuyentes que tributen en los términos de los Títulos II o IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LIR), que hayan obtenido ingresos propios de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior hasta por 100 millones de pesos, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo.
Lo anterior, agregó, en el ejercicio en el que se adquieran, deduciendo la cantidad que resulte de aplicar al monto original de la inversión, solo los por cientos que se establecen en el decreto, en lugar de los previstos en los artículos 34 y 35 de la LIR.
Refiere que la parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza será deducible solo en los términos del artículo Tercero de este decreto.
Dijo que en el caso de que el contribuyente se dedique a dos o más actividades de las señaladas en el artículo primero de este decreto, se aplicará el por ciento que le corresponda a la actividad en la que hubiera obtenido la mayor parte de sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se realice la inversión.
La SHCP dejó en claro que dicha opción no podrá ejercerse cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles, o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.
“Para los efectos de este decreto, se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en el país”, comentó.
Dijo que cuando los bienes se enajenen, se pierdan o dejen de ser útiles, se podrá efectuar una deducción por la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión ajustado con el factor de actualización correspondiente.
Finalmente, informó que para acceder a este estimulo, se deberá llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la deducción inmediata en los términos previstos en este decreto, el cual debe incluir: documentación comprobatoria que las respalde y describa el tipo de bien de que se trate, el por ciento de la deducción correspondiente, el ejercicio en el que se aplicó la deducción y la fecha en la que el bien se dé de baja en los activos del contribuyente. (Fuente: El Sol de México)

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