Aprueba el Senado en lo general la Ley del Derecho de Réplica

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Ciudad de México l Con un rezago de 8 años, después de un largo y ríspido debate que tomó más de 5 horas, con 73 votos a favor y 30 en contra del PRD, PT y algunos panistas, el Senado de la República aprobó en lo general la Ley de Derecho de Réplica que obliga a los medios de comunicación escritos y electrónicos, radio y televisión abierta y restringida, portales de internet a corregir públicamente la información inexacta o falsa que dañe la imagen, prestigio o reputación de una persona.
Esta Ley es Reglamentaria del Artículo Sexto Constitucional en su párrafo primero en materia de Derecho de Réplica y adiciona una fracción IX al Artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Está comprendida por 42 artículos divididos en cuatro capítulos.
A partir de su expedición, toda persona podrá ejercer el derecho de réplica respecto de la información inexacta o falsa. De igual manera, sí el medio de comunicación no atiende directamente este reclamo, se va directamente con un juez, se establece un proceso, un juicio sumario ágil y expedito que deberá seguir la persona agraviada para ejercer este derecho.
Serán sujetos obligados los medios de comunicación escritos: periódicos y revistas, las agencias de noticias, los productores independientes y cualquier otro emisor de información responsable del contenido original. La crítica periodística será sujeta al ejercicio del derecho de réplica.
El derecho de réplica será un ejercicio gratuito. Armoniza el derecho a la información y la libertad de expresión y viene a complementar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en cuanto al derecho de audiencias se refiere.

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