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CIMACFoto: Hazel Zamora Mendieta
CIMACFoto: Hazel Zamora Mendieta

Carmen R Ponce Meléndez

  • En México habemus Tec-Mec….. y Reforma Laboral

El pasado 13 de diciembre, el Senado aprobó el protocolo modificatorio del Tec-Mec, firmado por las tres naciones: México, Canadá y Edtados Unidos. En este documento por primera vez se incluyen dentro del documento dos puntos centrales: un acuerdo laboral y otro ambiental, en el TLCAN eran acuerdos paralelos; ahora tendrán revisiones y condiciones muy específicas que representan (ambos), un reto muy importante; ya sea para gobierno,  empresas o para los y las trabajadoras del país.

Por primera vez en un acuerdo comercial, el T-MEC estipula una cláusula laboral única en su tipo, que entre 40 y 45 por ciento del contenido automotriz de América del Norte debe realizarse por trabajadores que ganen al menos 16 dólares por hora, como condición para que los automóviles crucen con arancel cero en la región. Su objetivo: terminar con la competencia desleal de México con sus salarios bajos, bajísimos.

Otra particularidad a nivel mundial, el T-MEC regula la posibilidad de que alguno de sus integrantes firme un tratado de libre comercio (TLC) con naciones que no tengan una economía de libre mercado, como es el caso de China. Ahí está la mano de Trump.

Se establecen disciplinas para eliminar el soborno, la corrupción y el enriquecimiento ilícito en las áreas cubiertas por el tratado. En particular, contiene: la obligación de las partes de contar con autoridades independientes; la obligación de tipificar y perseguir los delitos de soborno, corrupción y enriquecimiento ilícito; disposiciones referentes a la integridad de los funcionarios públicos; establecimiento de programas de cumplimiento en empresas, y medidas de promoción cooperación y correctivas.

Ya entrando en materia laboral se creó un mecanismo de respuesta rápida especial para cuestiones de votación sindical, en el que se tratarán tres temas: votación de nuevos representantes, aprobación de un contrato y aceptación de una revisión de contratos. También se establece un Valor de Contenido Laboral (VCL) de 40 por ciento.

Esto es, 40 por ciento del valor del vehículo deberá producirse utilizando salarios, al menos de 16 dólares estadounidenses por hora.

¿Cómo piensa México enfrentar esto? con el incremento al Salario Mínimo (SM), para 2020 y un dólar de 20 pesos el SM queda en 6.16 dólares y 8.8 para la frontera norte.

En lo concerniente a las reglas de origen para la industria automotriz deberá ser de la región 70 por ciento del acero y aluminio. Las siguientes autopartes denominadas “esenciales” deberán cumplir con 75 por ciento de VCR en promedio (valor): motores, chasis & body, caja de transmisión, ejes, suspensión, sistema de dirección y baterías.

Se pospuso por 10 años la discusión sobre la propuesta de que 70 por ciento del aluminio en autos sea fundido en la región. Se negoció un periodo de transición de siete años para que 70 por ciento del acero en autos se funda en la región.

Para lograr esto se requiere -ahora sí-  de una muy buena política industrial y que la empresa privada “se ponga las pilas”, haga su tarea en tres renglones fundamentales: política ambiental e industrial, y sobre todo, olvidarse de que sólo puede lograr su tasa de ganancia sobre las espaldas de los y las trabajadoras, ahorrando costos laborales al escamotearles sus derechos laborales y corrompiendo su vida sindical, o de plano negandóles ese derecho.

Por eso el escándalo y la controversia que se generó con el asunto de los “inspectores laborales”, que el gobierno de Estados Unidos mencionó en su documento jurídico presentado en su Congreso para la discusión y aprobación del Tec-Mec. El negociador jefe de México (Seade) viajó a Washington y desde allá dio una conferencia de prensa donde enfatiza que:

“Los expertos encargados de hacer revisiones de ninguna manera serán inspectores, sino agregados, expertos independientes que serán seleccionados por cada país y ayudarán a tener un sistema laboral moderno” (16 diciembre 19).

Esto fue indispensable porque aquí ya se habían desgarrado las vestiduras con acusaciones de que habían “chamaqueado” al negociador en jefe, al propio presidente y al Senado, porque no habían leido “la letra chiquita” del documento que firmaron el martes 10 de diciembre.

Esto en el colmo, se escribió en varios artículo de varios periódicos “serios” por analistas que uno podría considerar también como “serios”; lo que en realidad son estos “analistas” es mal intencionados, y sobre todo, muy desinformados, incluso ignorantes, defendiendo el hueso.

En efecto en el Adendum o protocolo que se firmó por los tres gobiernos no estaba lo mismo que se decía en el documento legal que presentó el gobierno de Estados Unidos en su Congreso, mecanismo que se utiliza para que los acuerdos se conviertan en Ley, pero tampoco eran inspectores, aunque en realidad eso harán, inspeccionar y reportar a los “paneles”.

Los sectores prioritarios son: el automotriz, acero, minería, electrónica, aluminio y call center. Detrás de la airada protesta y “defensa de la soberanía” de Monreal estaba y está el Consejo Coordinador Empresarial y compañía.

Lo cierto es que les guste o no paulatinamente deberán terminar con su país-maquila, ya no podrán competir exclusivamente con la super explotación de la clase trabajadora, concretamente de las mujeres trabajadoras y lo mejor, deben pensar y actuar como verdaderos emprendedores. ¡Claro que no les gusta nadita!

¿Qué dice textualmente el documento que se firmó por los tres gobiernos la mañana del 10 de diciembre?

“MECANISMO LABORAL DE RESPUESTA RÁPIDA EN

INSTALACIONES ESPECÍFICAS

Artículo 31-A.1: Ámbito de Aplicación y propósito.

  1. El propósito del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (el “Mecanismo”), incluida la capacidad de imponer reparaciones, es garantizar la reparación de una Denegación de Derechos, como se define en el Artículo 31-A.2, para trabajadores en una Instalación Cubierta, para no restringir el comercio. Además, las Partes han diseñado este Mecanismo para garantizar que las reparaciones se levanten inmediatamente una vez que haya sido reparada una Denegación de Derechos.

Este Anexo aplica únicamente entre México y los Estados Unidos.

Artículo 31-A.2: Denegación de Derechos

El Mecanismo aplicará siempre que una Parte (la “Parte reclamante”) considere, de buena fe que los trabajadores de una Instalación Cubierta les ha sido negado el derecho de libre asociación y negociación colectiva conforme a las leyes necesarias para cumplir con las obligaciones de la otra Parte (la “Parte demandada”) conforme a este Tratado (una “Denegación de Derechos”).1.

  1. Cada Panelista Laboral tendrá:

(a) conocimientos y experiencia en derecho y práctica laboral, y con la aplicación de normas y derechos como son reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo;

Artículo 31-A.12: Expansión de Reclamaciones

En reconocimiento de la importancia de garantizar el pleno cumplimiento con el Capítulo Laboral; el compromiso de las Partes de comerciar únicamente mercancías producidas en cumplimiento con dicho Capítulo; si se determina que una de las partes ha incumplido sus obligaciones conforme al Artículo 23.3 (Derechos Laborales) o el Artículo 23.5 (Aplicación de las Leyes Laborales) por un panel establecido conforme al Artículo 31.6 (Establecimiento de un Panel), la Parte reclamante en ese caso podrá utilizar este Mecanismo con respecto a la ley o leyes relevantes en cuestión en esa controversia por un período de dos años o hasta la conclusión de la próxima revisión conjunta conforme al Artículo 34.7 (Revisión y Extensión de la Vigencia), lo que sea posterior”

En síntesis, aquellas mercancías que no se produzcan bajo las reglas laborales del tratado no podrán ser comerciadas sin la aplicación de aranceles, o de plano no serán aceptadas por los países integrantes del tratado. Con dedicatoria para México y su sindicalismo impresentable, pero muy en particular a sus salarios de hambre, mas claro ni el agua.

Seguramente habrá (buscarán) recobecos y artilugios para darle la vuelta a los paneles y a todas estas reglas, pero no podrán estirar mucho la liga. Si bien Trump es anti-obrero y anti-ambientalista está casado con la tasa de ganancia, como buen empresario y para su país “la casa pierde”, cuando México compite con salarios de hambre.

En el caso de los demócratas ellos tienen a los Sindicatos en su partido y dominan la Cámara baja de su país. Aquí es bueno recordar cuál es su procedimiento para la aprobación del Te-Mec:

Hace una lista de los cambios requeridos, la Comisión de Comercio Internacional elabora y difunde un reporte de impacto económico, el Comité de Medios y Arbitrios (mayoría demócrata) inicia la discusión, y el Ejecutivo envía leyes de implementación que votan la Cámara de Representantes y el Senado.

¡Bendita sea la Reforma laboral de México y en especial: su correcta aplicación!

PD:

El Salario Mínimo general para 2020 será de 123.22 pesos diarios, un incremento de 20.5, considerando un porcentaje de inflación del 5, el cual se convierte en el aumento del Salario Mínimo en la Zona de la Frontera Norte del País, que pasa de 85.86 a 176.20 pesos.

En materia de crecimiento económico para la economía mexicana los especialistas prevén que el avance para 2021 sea de 1.79 por ciento, menor al 1.8 por ciento del ejercicio anterior. Para 2019 recortaron ligeramente su pronóstico de crecimiento de 0.04 a 0.03 por ciento. (Analistas consultados por Banco de México).

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