Ni más ni menos
La Constitución Política del Estado de Chiapas, ¿parchada o renovada?
Candelaria Rodríguez Sosa
A propósito de la consulta para la nueva constitución
Petición personal desde este espacio, y de manera respetuosa, es que se redacte la nueva constitución con lenguaje incluyente no discriminatorio no sexista. Y para lo cual estoy dispuesta a aportar. El comentario, es por que la misma CPECH no coloca el uso de lenguaje incluyente y adolece de lo mismo que sugiere, total incongruencia, esta redactada con lenguaje sexista.
En enero del 2012,Chiapas se despertó con una nueva constitución Política del Estado de Chiapas, Siglo XXI, la novedad es que incorporaba algunos ejes trascendentales de la época, luego de la reforma del 25 de julio del 2011.
Dicha reforma agregó a la entonces nueva CPECH, el titulo segundo de los Derechos Humanos y la igualdad entre mujeres y hombres. Muy amplia y a la ves discriminatoria, toda vez que solo “los ciudadanos chiapanecos tienen derecho a participar en el gobierno del Estado, directa o por medio de representantes libremente escogidos en los términos que señalan las leyes respectiva“ Inciso XXI, sin oportunidad para quienes tienen amplia residencia en la entidad y tienen oportunidad de ocupar cargo públicos.
En la reforma del 27 de junio del 2011, se indica “Nada en esta Constitución podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en esta Constitución particular, la adición del 25 de abril del 2012, agrega: “Los derechos consagrados en esta Constitución Política y las leyes reglamentarias emanadas de la misma, así como las referencias a las personas o de quienes conforman los Poderes Públicos, instituciones públicas y los organismos autónomos del Estado, deberán entenderse siempre con un ánimo de lenguaje incluyente y perspectiva de género, por encima de la cuestión gramatical con que se encuentren redactados; en ese tenor los nombramientos que para tal efecto se expidan, deberán referirse en cuanto a su género.” ¿Se cumple?, ¿quien le da seguimiento?
En la enmienda que se le hace a la constitución, el 24 de diciembre del 2014 se reforma el inciso III del artículo 4º, del capitulo 1, “En el Estado de Chiapas, tratándose de delitos del fuero común, queda prohibida la figura del arraigo dentro de los procedimientos inherentes a la averiguación previa o etapa de investigación.
Hoy la constitución refiere a la igualdad entre mujeres y hombres
Artículo 5º.- En el Estado de Chiapas se garantiza que:
1.- Las mujeres y los hombres son iguales ante la ley.
II. Las mujeres decidan de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos, y agrego, hijas.
III. Las mujeres embarazadas tienen derecho, a exigir de quien señalen como el progenitor, el cincuenta por ciento de los gastos derivados del embarazo y parto.
IV. En caso de separación o abandono, las mujeres tienen derecho, a conservar la custodia de los hijos menores de edad, en tanto se resuelva su situación jurídica.
V. Las mujeres tienen derecho a la propiedad privada y social en igualdad de circunstancias que los hombres.
VI. El trabajo de la mujer en el hogar se valorará económicamente, por lo que en caso de separación, cesación del concubinato u abandono, las mujeres tienen derecho al menaje del hogar y a permanecer en el domicilio conyugal, hasta en tanto se resuelva su situación jurídica.
La igualdad entre mujeres y hombres, o simplemente la igualdad de trato va más allá de lo que hoy esta plasmado en la CPECH
En este articulado 17, del capitulo II de las elecciones (REFORMADA, P.O. 25 DE JUNIO DE 2014) LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS AL CONGRESO DEL ESTADO E INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO, señala que “el Estado y sus instituciones deberán promover la inclusión y participación política de las mujeres en todo el territorio”. De este tema, lo abordaremos en la próxima entrega.
La ñapa:
Termino impacta de escuchar a la activista Venezolana Lilian Tintori, esposa de
Leopoldo López que retrato e hizo una radiografía dolorosa de su país y que es la antítesis de este país, si quienes gobiernan este país no ponen sus barbas a remojar. Extraordinaria respuestas y el panorama que ofreció de Venezuela.
Venezuela y México alguna diferencia? Ufff.